Vicentin: La expropiación que no pudo ser

Esta semana, el Gobierno Nacional encabezado por el Presidente Alberto Fernández, había establecido la expropiación de la empresa Vicentin, la cual ya estaba atravesando un proceso concursal.

Es así que, de un modo un tanto arbitrario, el primer mandatario argentino, pasó de un modo imprudente por sobre la autoridad del Juez Lorenzini que entiende en la causa.

La empresa “Vicentin” posee una deuda muy importante con muchos deudores, a saber el ACA ($100 millones), entidades financieras ($35.299,6 millones), proveedores cordobeses ($5.200 millones), granos ($25656, 9 millones), deudas impositivas ($1.655, 2 millones), deudas con accionistas ($351,2 millones), con otras sociedades ($5428,2 millones).

Ahora veamos el aspecto legal, el artículo 17 de la Constitución Nacional expresa que la expropiación por causas de utilidad pública debe ser previamente calificada e indemnizada.

Por otro lado, la Ley 25.589 tiene la figura de la cesación de pagos (insuficiencia patrimonial para hacer frente a las obligaciones vencidas y exigidas por medios normales) como fundamento de las soluciones concursales, es una cuestión de los acreedores y el deudor, con la intervención de Juez como contralor.

En el fallo del Juez Lorenzini, tras la insistencia del Presidente con expropiar la empresa, se establece que el concurso opera sobre la empresa “Vicentin”, y no contra las otras empresas pertenecientes al grupo societario.

También debemos recordar que, en los artículos 16 y 17 de la Ley de Concursos y Quiebras, se establece que en caso de problemas con el manejo de la empresa, es el Juez quien puede ordenar la intervención, reemplazando a los integrantes del directorio, por miembros de la Sindicatura General.

Tras toda la movilización social tras los anuncios presidenciales, el Gobierno Nacional, a través de Perotti, intenta acercar un proyecto que contemple otras alternativas, con la finalidad de poder asumir la administración y representación de la empresa, desplazando así al directorio de la misma. En dicho proyecto se establece que si la intervención no pudiese resolver las causas que la motivan, se procederá a la disolución y la quiebra de la empresa.

Por todo lo anteriormente demostrado, queda en evidencia la inconstitucionalidad de la proclamación expresada por Alberto Fernández, mediante la cual establecia la expropiación de “Vicentin”, de un modo arbitrario y antijurídico, en un acto muy impropio para un Profesor de Derecho Penal de la UBA.

*El autor es periodista